El TC realizó el control preventivo del proyecto de ley que crea un Sistema Mixto de Pensiones, un Seguro Social, mejora la Pensión Garantizada Universal (PGU) y establece nuevas regulaciones. ¿Qué resolvió?
*¿Qué significa este fallo?*
El TC NO rechazó la reforma, pero determinó que algunas normas requieren aprobación con quórum reforzado de ley orgánica constitucional (4/7 del Congreso).
El proyecto debe ajustarse en el Congreso. Si no se logran los votos necesarios, el Gobierno podría modificar o eliminar esas disposiciones.
¿Es un revés para la reforma? No necesariamente. La reforma sigue, pero enfrenta nuevos desafíos políticos.
*Normas que pueden aprobarse como ley común*
Organización interna del Fondo Autónomo de Protección Previsional.
Consejo Directivo del Fondo: Integración y atribuciones.
Normas sobre probidad que solo remiten a leyes ya existentes.
Regulación del personal del Fondo (excepto donde se vincula con la carrera funcionaria).
Plazos de implementación de las nuevas reglas.
*Normas que deben ser aprobadas como ley orgánica constitucional*
- Probidad: Se amplía la obligación de declarar patrimonio e intereses para:
- Consejeros del Fondo Autónomo de Protección Previsional.
- Integrantes del Consejo Técnico de Inversiones.
- Altos ejecutivos del sistema.
*Congreso*: Se introduce una exigencia de informe financiero obligatorio en cualquier reforma que modifique los parámetros del Seguro Social Previsional.
*Banco Central*:
- Fijará límites de inversión del Fondo Autónomo de Protección Previsional.
- Designará dos nuevos miembros en el Consejo Técnico de Inversiones.
*Justicia*:
- Se otorgan nuevas atribuciones a la Corte de Apelaciones de Santiago para declarar causales de cesación de funciones de ciertos consejeros.
*Carrera Funcionaria*:
- El personal del Fondo se regirá por el Código del Trabajo, lo que afecta la estructura de la Administración Pública y debe regularse en ley orgánica.
*Normas transitorias*
Plazos para implementación del nuevo sistema → NO requieren ley orgánica constitucional.
*¿Qué sigue ahora?*
- El Congreso debe ajustar el proyecto y reunir los votos necesarios.
- Si no se cumplen los quórums, el Gobierno podría modificar o eliminar normas.
- Si se aprueban sin respetar el fallo, podrían ser impugnadas nuevamente ante el TC.
*Conclusión*
El TC validó la reforma en términos generales, pero exigió que ciertas normas clave sean aprobadas con el quórum reforzado de una ley orgánica constitucional. ¡Seguimos atentos!