Se acoge recurso de queja, se invalida la sentencia de segunda instancia y se ordena nueva audiencia.

Hechos relevantes:

  • La trabajadora fue despedida el 11 de septiembre de 2023, mientras tenía una licencia médica vigente hasta el 13 de septiembre.
  • El 14 de septiembre firmó un finiquito con la Municipalidad de Rapa Nui.
  • El 25 de noviembre de 2023, interpuso demanda por despido injustificado.
  • Los tribunales de primera y segunda instancia rechazaron la demanda por caducidad de la acción, al considerar que el plazo de 60 días ya había vencido.

Reclamación:

La defensa alegó que el cómputo del plazo legal de 60 días para demandar debía comenzar después de finalizada la licencia médica, es decir, el 14 de septiembre, y no antes.

Decisión de la Corte Suprema:

  • Establece que mientras un trabajador está con licencia médica, la relación laboral está suspendida legalmente.
  • El plazo para presentar la demanda debe contarse desde el día siguiente al término de la licencia médica, en resguardo del derecho al debido proceso y a la tutela judicial efectiva.
  • Por tanto, al haber presentado la demanda el 25 de noviembre de 2023, aún estaba dentro del plazo legal.

Conclusión:

Se acoge el recurso de queja, se anula la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y se ordena realizar una nueva audiencia preparatoria. La Corte Suprema reafirma que no puede limitarse el acceso a la justicia mediante interpretaciones restrictivas que vulneren el derecho a defensa.

¿Cómo afecta esto a tu empresa?

Cuéntanos tu caso y evaluamos el impacto concreto en tus procesos.