Serrano y Foix Abogados

Nueva Circular SUSESO N°3854

La Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) ha emitido la Circular N°3854, que establece nuevas directrices para el reporte y registro de denuncias por acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, con el propósito de mejorar la prevención y protección en los entornos laborales.

Principales disposiciones de la circular

  • Obligación de reporte: Los empleadores deben informar todas las denuncias recibidas y las medidas adoptadas en un plazo de 5 días hábiles.
  • Registro en el Sistema GRIS: Los organismos administradores deben consolidar y reportar la información en el Sistema de Gestión de Reportes e Información de Seguridad Social (GRIS) de la SUSESO.
  • Medidas preventivas: Se establecen acciones como atención psicológica, separación de espacios físicos, teletrabajo y redistribución de jornada, entre otras.
  • Confidencialidad garantizada: Se resguarda la identidad del denunciante y los datos sensibles de cada caso.
  • Plazo de implementación: El primer reporte obligatorio debe enviarse antes del 15 de abril de 2025, incluyendo las denuncias desde el 3 de enero de 2025.

Objetivo de la normativa

Esta circular busca reforzar la prevención de riesgos laborales y garantizar espacios de trabajo más seguros, promoviendo la responsabilidad de empleadores y organismos administradores en la gestión de denuncias por acoso y violencia en el ámbito laboral.